(Información proporcionada por Anses)

Requisitos que debe reunir para jubilarse

La edad requerida para acceder a la prestación, de acuerdo a la fecha de cese o presentación, es la que se indica en la tabla.
2)
HOMBRES MUJERES
Año de Cese o Presentación Relación de dependencia Autónomos Relación de dependencia Autónomas
1994-95 62 años 65 años 57 años 60 años
1996-97 63 años 65 años 58 años 60 años
1998-99-00 64 años 65 años 59 años 60 años
2001-en adelante 65 años 65 años 60 años 60 años

MUJERESMUJERESMUJERESMUJERESHOMBRESHOMBRESHOMBRESMUJERES

2) La cantidad de años con aportes exigida para acceder a la prestación es de 30 (treinta). Año de Cese o Presentación Declaración Jurada anterior a 1969
Si al momento de solicitar la jubilación, ud. excede la Año 1994-95 7 años
edad mínima, puede descontar 1 (un) año de servicio por cada 2 (dos) años de edad excedentes. Año 1996-97 6 años
En caso de no poder acreditar los 30 (treinta) años de servicios Año 1998-99 5 años
con aportes, podrá hacer uso de la Declaración Jurada por tareas en relación de dependencia o autónomas, desempeñadas Año 2000-01 4 años
con anterioridad al 01/01/69. Año 2002-03 3 años
La cantidad de años en estas condiciones, que podrá computar de Año 2004-05 2 años
acuerdo al año de cese o presentación, es la detallada en la tabla de la derecha Año 2006-07 1 años
 

De haber desempeñado tareas riesgosas o insalubres, la cantidad de años de aportes y edad requerida, varía de conformidad con el decreto o ley en que están comprendidas. El listado completo de estas tareas se encuentra a su disposición en todas las UDAI o Delegaciones.

Documentación que debe presentar:

Del titular:

Si es Argentino:

  • DNI (LC o LE). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2, y la del domicilio actualizado.
  • Si el domicilio no coincide con el del documento, debe traer constancias de domicilio actualizado: Certificado policial o boletas de luz, gas, etc.

Si es extranjero:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad). Original y fotocopia de las páginas 1, 2 y la del domicilio actualizado.Si el domicilio no coincide con el del documento debe traer constancias de domicilio actualizado: Certificado Policial o boletas de luz, gas, etc.
  • Pasaporte u otra documentación oficial que acredite el ingreso al país.

Si es trabajador autónomo:

  • Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos, expedido y certificado por la DGI (Form. 577/A DGI)
  • Boletas originales de los pagos de autónomo.
  • Boleta de cancelación de deuda, si corresponde.
  • Copia del formulario de cese (form. 569 DGI), si hubiera cesado en la actividad.
  • Formulario "Solicitud de inscripción, Altas y Modificaciones, de corresponder" (Form 560 DGI).

Si es trabajador en relación de dependencia:

  • Certificado de Servicios y Remuneraciones extendidos por el o los empleadores para los que haya prestado servicios y los extendidos con anterioridad, debidamente certificado.
  • Constancias de percepción de prestación por desempleo, en caso de despido.
  • Formulario de Afectación de Haberes certificado por autoridad competente, en los casos de renuncia por Decreto 8820/62, 9202/62 y 557/63 o, si trabajando en una repartición Nacional su haber sufre descuentos de Seguro de vida o préstamo.
  • Formulario "Derivación de Aportes de Obra Social" (Formulario PS.5.7.ANSES) (Zip).

A falta de certificado de Servicios y Remuneraciones debe presentar:

  • Comprobante de inexistencia de la empresa en la cual trabajó (telegrama solicitando certificación de servicios al empleador y su devolución).
  • Duplicados de recibos de sueldo, donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios.
  • Comprobante de afiliación a Obras Sociales y/o gremios.
  • Formulario Declaración Jurada Testimonial Acreditación de Servicios (dos testigos por cada empresa desaparecida)
  • Constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL.

Del representante:

  • Formulario Carta Poder.

Si es argentino:

  • DNI (LC o LE). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si es extranjero:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si es profesional:

  • Credencial habilitante.

De los familiares a cargo:

Si es casado:

Si su cónyuge es argentino:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad), LC(Libreta Cívica) o LE (Libreta de Enrolamiento). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si su cónyuge es extranjero:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.
  • Partida de Matrimonio (actualizada sólo en los casos de matrimonios celebrados en la Argentina). Original y fotocopia.

Si es conviviente:

Si su conviviente es argentino:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad), LC (Libreta Cívica) o LE (Libreta de Enrolamiento). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si su conviviente es extranjero:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad), original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si tiene hijos menores de dieciocho (18) años de edad o menores a cargo en guarda, tenencia, tutela o curatela:

  • Partida de Nacimiento de cada uno (original y fotocopia).

Si es argentino:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad) de cada uno, original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si es extranjero:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad) de cada uno, original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Hijos adoptivos:

  • Sentencia judicial que haya acordado la adopción del menor, y partida de nacimiento en la cual conste apellido del adoptante.
  • Testimonio expedido por autoridad Judicial o Administrativa competente (original y fotocopia).

Si tiene hijos incapacitados:

  • Partida de Nacimiento de cada uno (original y fotocopia)

Si es argentino:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si es extranjero:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad), original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Las partidas extranjeras de matrimonio, nacimiento y/o defunción, deberán ser legalizadas por el Consulado Argentino en el país de origen y certificadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, o Sello Apostillee de La Haya.

Quedan eximidas de legalización las partidas de matrimonio, nacimiento y/o defunción italianas.

En todos los casos, cuando las partidas extranjeras no fueran suscriptas en idioma castellano, se debe exigir la traducción por Traductor Público Nacional, con la firma de éste legalizada por el Colegio de Traductores Públicos correspondiente.

Anexo de actividades con caracteristicas especiales

Si desempeñó alguna de las tareas que se detallan a continuación, debe presentar además, la documentación específica en cada caso:

Personal embarcado:

  • Libreta de embarco y permisos de embarco.

Estibador portuario :

  • Libreta de afiliado (de poseerla).
  • Documento Único Portuario (DUP).
  • Constancia extendida por la Prefectura Naval Argentina, de no poseer DUP.

Aeronavegantes:

  • Personal con  función aeronáutica: piloto, copiloto, mecánico de vuelo, etc.

    Certificado extendido por la fuerza aérea, indicando las horas de vuelo. Dicha constancia debe estar discriminada hasta el 30/06/1994 y a partir del 01/07/1994.  

    Personal sin función aeronáutica: auxiliares de vuelo.

    Certificado extendido por la empresa, indicando las horas de vuelo. Dicha distancia debe estar discriminada hasta el 30/06/1994 y a partir del 01/07/1994.

Servicio Doméstico:

  • Libreta de Trabajo (de poseerla).
  • Libreta sanitaria (de poseerla).
  • Fotocopias autenticadas de toda constancia en la que figure su actividad como empleada en el servicio doméstico (declaración del padrón electoral, título de propiedad, créditos personales, carnet de asociación mutual u Obra Social, etc.).
  • Certificados médicos extendidos por atención en el domicilio del empleador.
  • Original y fotocopia de las boletas de depósito de aportes y contribuciones previsionales.
  • Foto 4x4.

Retiros Militares, de Prefectura o Gendarmería:

  • Certificado donde consten períodos que fueron considerados para el otorgamiento del retiro.
  • Detalle de haberes percibidos, en concepto de retiro, desde la fecha de solicitud del beneficio a otorgar, hasta la actualidad.
  • Haber tope del cargo máximo, de acuerdo a la fuerza dónde prestó servicios.

Retiro Policial:

  • Constancia donde se indique si el retiro es por servicios civiles o policiales.
  • Certificado donde consten los servicios que fueron considerados para el otorgamiento del mismo (Nacionales o policiales).
  • Detalle de haberes percibidos, en concepto de retiro, desde la fecha de solicitud del beneficio a otorgar, hasta la actualidad.
  • Haber tope del cargo máximo, de acuerdo a la fuerza dónde prestó servicios.

Productores de Seguros:

  • Certificaciones extendidas por servicios anteriores al 31/12/68, consignando los sueldos percibidos por todo el período en la moneda en que fueron abonados, como así también, fecha de primera y última operación.

Socio Gerente:

  • Nota de Contador Público, avalada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, donde consten alta y baja de las tareas administrativas y a que cuenta se hallaba cargado el sueldo.

Otros elementos para acreditar Servicios son las Libretas de trabajo:

  • Libreta de Maternidad.
  • Libreta de Trabajo a Domicilio.
  • Libreta de Afiliación a Industria.
  • Libreta de Fondo de Desempleo
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