(Información proporcionada por Anses)

Pensión por Fallecimiento de un Afiliado

Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP.) - Sistema de Reparto

Requisitos que debe reunir:

Requisito 1:

  • Ser la viuda, viudo o conviviente del causante.
  • Hijo/a soltero/a hasta dieciocho (18) años y que no gozara de otro beneficios.
  • Hija viuda hasta dieciocho (18) años y que no gozara de otro beneficio.
  • Hijo/a incapacitado/a sin límite de edad, si al momento del fallecimiento del causante, se encontrare incapacitado/a para el trabajo y a cargo del causante.

Requisito 2:

Acreditar que el causante (fallecido) hubiera aportado como mínimo:

  • Treinta (30) meses dentro de los treinta seis (36) meses anteriores a la fecha del fallecimiento, para ser considerado "Aportante Regular"
  • Dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la fecha de fallecimiento, para ser considerado "Aportante Irregular"

Asimismo, será considerado Aportante Regular el afiliado en relación de dependencia o autónomo que acredite el mínimo de años de servicios exigidos en el Régimen común o diferencial, en el que se encuentre incluido, para acceder a la Jubilación Ordinaria.

A tal fin el trabajador autónomo debe haber ingresado las cotizaciones correspondientes y al trabajador en relación de dependencia deben habérsele efectuado las retenciones previsionales pertinentes.

Si el afiliado había iniciado su actividad como trabajador autónomo, con posterioridad al 15/7/94 debió haber cumplido con el exámen médico para trabajadores autónomos y haber resultado "apto" en el mismo.

En el siguiente cuadro comparativo se exponen los requisitos exigidos con anterioridad y con posterioridad a la vigencia del Dto. 136/97 (23/2/97).

  Requisito Anterior Requisito Actual
Aportante Regular 10 meses de aportes en los últimos 12 meses 30 meses de aportes en los últimos 36 meses
Aportante Irregular 6 meses de aportes en los últimos 12 meses 18 meses de aportes en los últimos 36 meses.

Requisito anterior según Dcto. 1120/94

Requisito Actual Según Dcto 136/97 (Afiliado fallecido a partir del 23/2/97)

Documentación que debe presentar:

Del causante (Afiliado fallecido):

  • Partida de Defunción (original y dos (2) fotocopias).

Si el causante era Trabajador Autónomo:

  • Constancia de C.U.I.T.
  • Constancia de Opción por el Régimen de Reparto (original y fotocopia).
  • Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos expedido y certificado por la D.G.I. (Form. 577/A DGI).
  • Formulario "Solicitud de Inscripción, Altas y Modificaciones, de corresponder" (Form. 560 DGI).
  • Boletas originales de los pagos de autónomo.
  • Boletas de cancelación de deuda, si corresponde.

Si el causante era Trabajador en Relación de Dependencia:

  • Constancia de C.U.I.L.
  • Constancia de Opción por el Régimen de Reparto (original y fotocopia).
  • Certificado de Servicios y Remuneraciones extendido por el/los empleador/es, para el/los que haya prestado servicios y los extendidos con anterioridad, debidamente certificado.
  • Constancias de percepción de prestación por desempleo, en caso de despido.
  • Formulario de Afectación de Haberes certificado por autoridad competente, en los casos de renuncia por Dto. 8820/62, 9202/62 y 557/63.
  • Formulario "Derivación de Aportes de Obra Social" (Form. PS.5.7. ANSES) (Zip)

A falta del certificado de Servicios y Remuneraciones deberá presentar:

  • Comprobante de inexistencia de la empresa en la cual trabajó (telegrama solicitando certificación de servicios al empleador y su devolución).
  • Duplicados de recibos de sueldo donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios.
  • Comprobante de Afiliación a Obras Sociales y/o gremios.
  • Formulario Declaración Jurada Testimonial Acreditación de Servicios (dos testigos por cada empresa desaparecida).
  • Constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL.

Del representante

  • Formulario Carta Poder.

Si es argentino:

  • DNI (LC o LE). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2.

Si es extranjero:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad). Original y fotocopia de las páginas 1, 2 y la del domicilio actualizado.Si el domicilio no coincide con el del documento debe traer constancias de domicilio actualizado: Certificado Policial o boletas de luz, gas, etc.
  • Pasaporte u otra documentación oficial que acredite su ingreso al país.

Si es profesional:

  • Credencial habilitante.

Documentación que debe presentar:

Del solicitante

Si es Argentino:

  • DNI (LC o LE). Original y fotocopia de las páginas 1 y 2, y la del domicilio actualizado.
  • Si el domicilio no coincide con el del documento, debe traer constancias de domicilio actualizado: Certificado policial o boletas de luz, gas, etc.

Si es extranjero:

  • DNI. Si no posee DNI (Documento Nacional de Identidad). Original y fotocopia de las páginas 1, 2 y la del domicilio actualizado.

Si es cónyuge del causante (Afiliado fallecido):

  • Partida de matrimonio (actualizada sólo en los casos de matrimonios celebrados en la Argentina), original y fotocopia.
  • Declaración jurada Art. 1ro. Ley 17.562.

Si es conviviente del causante (Afiliado fallecido):

  • Información sumaria judicial con intervención necesaria de ANSES y de todo tercero interesado cuya existencia se conociera (original y fotocopia).

En su defecto, puede presentar:

  • Partida de matrimonio en el extranjero si posee (original y fotocopia).
  • Sentencia de divorcio del causante si existiera (original y fotocopia).
  • Partida de nacimiento de hijos menores (original y fotocopia).
  • Reconocimiento de convivencia pública en aparente matrimonio formulada por el causante en instrumento público.
  • Constancias de convivencia con el causante: domicilio de ambos declarado en tarjetas de crédito, pasaporte o en otra documentación probatoria (original y fotocopia).

Si es hijo del causante (afiliado fallecido):

  • Partida de nacimiento (original y fotocopia).

Si es hijo incapacitado del causante (afiliado fallecido):

  • Partida de nacimiento (original y fotocopia).
  • Estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad para el trabajo a la fecha del fallecimiento del causante, o a la fecha que cumplieran dieciocho (18) años de edad (original y fotocopia).
  • Documentación testimonial para probar haber estado a cargo del causante, de ser mayor de dieciocho (18) años : Formulario "Declaración Jurada Testimonial. Dependencia Económica", cumplimentado por dos (2) testigos.
  • Formulario "Declaración Jurada Titular. Dependencia Económica".

Si es huérfano de padre y madre, debe adjuntar:

  • Partida de Defunción de sus progenitores (original y fotocopia).
  • Testimonio de tutoría o curatela con discernimiento, aceptación de cargo y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.

Las partidas extranjeras de matrimonio, nacimiento y/o defunción, deberán ser legalizadas por el Consulado Argentino en el país de origen y certificadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, o Sello Apostillee de La Haya.

Quedan eximidas de legalización las partidas de matrimonio, nacimiento y/o defunción italianas.

En todos los casos, cuando las partidas extranjeras no fueran suscriptas en idioma castellano, se exigirá la traducción por Traductor Público Nacional, con la firma de éste legalizada por el Colegio de Traductores Públicos correspondiente.

Anexo de actividades con características especiales:

Si desempeñó alguna de las tareas que se detallan a continuación, debe presentar además, la documentación específica en cada caso:

Personal embarcado:

  • Libreta de embarco y permisos de embarco.

Estibador Portuario:

  • Libreta de afiliado (de poseerla).
  • Documento Único Portuario (DUP).
  • Constancia extendida por la Prefectura Naval Argentina, de no poseer DUP.

Aeronavegantes:

  • Personal con  función aeronáutica: piloto, copiloto, mecánico de vuelo, etc.

    Certificado extendido por la fuerza aérea, indicando las horas de vuelo. Dicha constancia debe estar discriminada hasta el 30/06/1994 y a partir del 01/07/1994.  

    Personal sin función aeronáutica: auxiliares de vuelo.

    Certificado extendido por la empresa, indicando las horas de vuelo. Dicha distancia debe estar discriminada hasta el 30/06/1994 y a partir del 01/07/1994.
     

Servicio Doméstico:

  • Libreta de Trabajo (de poseerla).
  • Libreta sanitaria (de poseerla).
  • Fotocopias autenticadas de toda constancia en la que figure su actividad como empleada en el servicio doméstico (declaración del padrón electoral, título de propiedad, créditos personales, carnet de asociación mutual u Obra Social, etc.).
  • Certificados médicos extendidos por atención en el domicilio del empleador.
  • Original y fotocopia de las boletas de depósito de aportes y contribuciones previsionales.
  • Foto 4x4.

Retiros Militares, de Prefectura o Gendarmería:

  • Certificado donde consten períodos que fueron considerados para el otorgamiento del retiro.
  • Detalle de haberes percibidos, en concepto de retiro, desde la fecha de solicitud del beneficio a otorgar, hasta la actualidad.
  • Haber tope del cargo máximo, de acuerdo a la fuerza dónde prestó servicios.

Retiro Policial:

  • Constancia donde se indique si el retiro es por servicios civiles o policiales.
  • Certificado donde consten los servicios que fueron considerados para el otorgamiento del mismo (nacionales o policiales).
  • Detalle de haberes percibidos, en concepto de retiro, desde la fecha de solicitud del beneficio a otorgar, hasta la actualidad.
  • Haber tope del cargo máximo, de acuerdo a la fuerza dónde prestó servicios.

Productores de Seguros:

  • Certificaciones extendidas por servicios anteriores al 31/12/68, consignando los sueldos percibidos por todo el período en la moneda en que fueron abonados, como así también, fecha de primera y última operación.

Socio Gerente:

  • Nota de Contador Público, avalada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, donde consten alta y baja de las tareas administrativas y a qué cuenta se hallaba cargado el sueldo.

Otros elementos para acreditar Servicios son las Libretas de Trabajo:

  • Libreta de Maternidad.
  • Libreta de Trabajo a Domicilio.
  • Libreta de Afiliación a Industria.
  • Libreta de Fondo de Desempleo (Construcción)
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