(Información
proporcionada por Anses)
Pensión por Fallecimiento de un beneficiario de una prestación por
Convenio Internacional. (Trámite gratuíto).
En ANSES
se gestionan todas las
prestaciones contempladas por la Ley 24.241 de las personas que hayan
optado por el Sistema de Reparto.
Si el beneficiario
estaba afiliado a una A.F.J.P. (Régimen de Capitalización), debe
dirigirse a ella para solicitar su pensión por convenios
internacionales.
Puede gestionar el trámite
y cobrar el beneficio personalmente, o través de un representante.
Lea
atentamente esta cartilla explicativa: en ella encontrará
todos los requisitos y documentación necesaria para gestionar una
jubilación por convenio internacional.
Documentación que debe
presentar
Idéntica documentación a la indicada para la pensión por
fallecimiento de un beneficiario (SIJP Ley 24. 241). Ver cartilla
"Pensión por Fallecimiento de un Jubilado".
Además:
Solicitud de prestación internacional por
duplicado, prevista para cada convenio:
- Brasil formulario AB-3/AB-4
- Chile " U-62/ U-63
- Uruguay " U-75/ U-75d
- España " U-53/458
- Italia " U-55/U-56
- Portugal y Grecia S/Nro.
Original y fotocopia del documento de indentidad
extranjero.
Constancia de pago de la jubilación otorgada en
el extranjero al beneficiario fallecido.
Para Italia la siguiente documentación
complementaria:
- Declaración Sustitutiva
- Declaración Artículo 32.
- Declaración de Réditos
Ud. puede solicitar este producto en :
Capital Federal y Gran Buenos Aires: UDAI
Convenios Internacionales - Alsina 250 P.B
Interior: UDAI
o Delegaciones de ANSES más cercana a su domicilio.
Instituciones que intervienen en la
cumplimentación u obtención de la documentación adicional exigida
por el organismo previsional extranjero.
En Capital Federal:
Italia- Patronatos: INCA (Tacuarí 445 T.E.
334-6020) ; ITAL UIL (México 430 T.E: 343-4687); ACLI (Av. Rivadavia
1255 T.E: 381-2890); INAS (Av. Belgrano 1225 T.E: 381-1509); Consulado
de Italia (M. T. de Alvear 1149.
España- Agregaduría Laboral (Viamonte 166)
Chile- San Martín 439 |